Para cambiar de comisión de AFP

Si optaste por seguir en el esquema actual, entérate del trámite que debes realizar.
Para cambiar de comisión de AFP
Apartir del próximo año, el pago que los trabajadores realizan a las AFP por administrar sus aportes ya no será solo un porcentaje fijo sobre el total del sueldo, como hasta ahora. La reforma de las AFP aprobada por el Congreso en julio determinó que se debía remunerar a estas empresas con un porcentaje del fondo acumulado con los aportes, es decir, sobre el saldo. NUEVA COMISIÓN La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) asegura que esto incentivará a que las administradoras logren mayores ganancias pues, si crece el fondo del afiliado, también aumentará su pago. Sin embargo, el regulador ha dispuesto que este tipo de cobro no se aplicará hasta dentro de 10 años. En tanto, desde 2013 y hasta 2023 entrará en vigencia una comisión mixta. Esta tendrá dos componentes: un porcentaje del sueldo y un porcentaje del fondo. El primero irá disminuyendo hasta llegar a 0% en el año 2023. ANTIGUOS DECIDEN El nuevo sistema será obligatorio para los nuevos afiliados a partir de febrero del próximo año. En cambio, los actuales aportantes pueden optar por no pasar a este esquema si no se sienten convencidos. ¿Qué hay que hacer? Justamente ayer, la SBS emitió la Resolución N° 9353-2012, la cual regula el proceso de elección de la comisión y detalla los trámites que se deben seguir: 1. Los trabajadores que hoy aportan a una AFP tienen entre el 2 de enero y el 31 de marzo de 2013 para comunicar su decisión. 2. El trámite puede hacerse personalmente en la Oficina de Asesoramiento Previsional (OAP) de su AFP. Hay que llevar el DNI. 3. Las AFP deberán proveer un formato de documento en el que se manifestará esta decisión. 4. También se puede hacer por Internet y vía postal. Si es por Internet, el trabajador debe ingresar al sitio web de su AFP. La empresa le suministrará dos claves. La primera será para que ingrese sus datos, y la segunda, para que confirme que desea seguir en la comisión por sueldo. 5. Si prefiere el correo postal, deberá enviar el formato que su AFP le provea y una copia de su DNI al lugar que le indiquen. 6. Para quienes eligieron los procesos vía web y correo postal, deben saber que sus AFP los llamarán por teléfono y les enviarán cartas para certificar la autenticidad de los procesos.

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