El Gobierno reglamenta medida que bloqueará retiro parcial de la CTS

Empresas deberán informar a bancos sobre los últimos seis sueldos de los trabajadores. Habrá intangibilidad para quienes no tengan seis meses de sueldo en su cuenta
El Gobierno reglamenta medida que bloqueará retiro parcial de la CTS
A partir de mayo del 2011, la gran mayoría de quienes tienen CTS no podrá retirar un solo sol de sus cuentas debido a que el Gobierno reglamentó ayer las disposiciones que fortalecen la intangibilidad de esos fondos. El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo determinó que desde mayo, y hasta la extinción del vínculo laboral, los trabajadores solo podrán disponer hasta el 70% del excedente de seis remuneraciones brutas que se encuentren depositadas en sus cuentas de CTS (vea el ejemplo en la infografía). En la práctica, son poquísimos quienes podrán hacer algún retiro. El abogado laboralista Jorge Toyama ha señalado que como la CTS equivale a un sueldo por año y que como la mayor parte de trabajadores no pasa más de seis años en la misma empresa, el efecto de la restricción establecida ayer será casi cerrar el acceso a este fondo que es utilizado como ingreso extra por los trabajadores formales. “La mayoría no tiene seis sueldos en el banco. Por una parte, porque –en promedio– cada cuatro años y medio la gente cambia de trabajo; y porque la gran mayoría de trabajadores, que tenga más de seis años en una misma empresa, ha dispuesto alguna vez de parte de este dinero para urgencias personales”, sostuvo. Toyama no deja de reconocer que es bueno que los trabajadores cuenten con un fondo al que solo pueden acceder cuando terminan el vínculo laboral con alguna empresa, sin embargo, insiste en que la restricción es excesiva. EMPRESAS Y BANCOS Pero los trabajadores no serán los únicos afectados, pues los empleadores y las entidades financieras deberán asumir nuevas responsabilidades ante las autoridades. Representantes del sector bancario ya habían criticado la intención del Ministerio de Trabajo, aunque ayer no fue posible consultarles sobre el mecanismo de implementación que se ha reglamentado. El Ministerio de Trabajo ha dispuesto que los 30 de abril y 31 de octubre de cada año, los empleadores deberán comunicar obligatoriamente a las entidades financieras el importe de las seis últimas remuneraciones mensuales brutas de cada trabajador, para que, en base a esa información, los bancos y cajas calculen el monto que quedará intangible y los incorporen a sus sistemas. En el caso que un trabajador tenga más de una cuenta de CTS, cada una se manejará por separado.

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