SBS establece categorías de cobros para Productos Financieros
Jueves, Enero 3, 2013 - 09:28
Con el fin de impulsar la transparencia en la información de los productos que se oferta en el sistema financiero nacional, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) estableció una serie de categorías y denominaciones en los respectivos cobros, desestimando la creación de comisiones fuera de estos estándares.
Según la norma, que entra en vigencia a partir de hoy, para el caso de tarjetas de crédito el órgano regulador estandarizó seis categorías, tales como la membresía anual, servicios asociados a la tarjeta (uso del cajero automático, operación a través de otra entidad y evaluación de pólizas de seguro), modificación de fecha de pago, reposición de tarjeta, emisión de constancias y duplicado de contrato u otros documentos.
En el caso de los créditos hipotecarios y de consumo, la SBS solo permitirá el cobro de cuatro categorías: endoso de póliza de seguros; modificación de fecha de pago; emisión de constancias y duplicado de contratos y otros documentos.
En tanto que para las cuentas de ahorro y corriente, se permitirá seis categorías: mantenimiento de cuenta y operaciones en cuenta (uso de cajero automático, operaciones en ventanilla, retiros a través de otra entidad, retiro a través de entidades del extranjero, transferencia a cuenta de otra localidad, transferencia al extranjero, depósito desde otra localidad).
Para el caso de depósitos a plazo fijo, la emisión de constancias y duplicado de contrato u otros documentos se contemplan como únicas categorías.
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