Conoce quienes recibirán su gratificación en julio

Si los empleadores no cumplen con hacer el depósito hasta el 16 de julio, la empresa incurriría en una la falta por pago extemporáneo y podría ser objeto de una multa.
Conoce quienes recibirán su gratificación en julio
Los empleadores tienen como plazo hasta el lunes 16 de julio para cumplir por el pago de las gratificaciones por Fiestas Patrias a sus trabajadores, informó el abogado laboralista Ricardo Herrera. Como se sabe, los trabajadores deberán recibir la gratificación más un adicional de 22% gracias a la exoneración de los descuentos de ley. ¿Quiénes recibirán gratificación? - Los trabajadores del sector privado. - Los trabajadores de las pequeñas empresas (compuestas por alrededor de 100 empleados). Ellos obtendrán media gratificación en los dos meses que se asigna dicho beneficio. - Los trabajadores a los que se les paga por recibos por honorarios y que están subordinados al empleador. Herrera precisó que se trata de empleados que cumplen un horario de trabajo y que han sido sancionados. - Los que laboran en los full time y los empleados que trabajan a tiempo parcial. - Los trabajadores que fueron despedidos o que renunciaron en junio. Ellos tendrán derecho a recibir este beneficio a través del mecanismo de gratificación trunca que se paga en la liquidación de los beneficios sociales. - Los trabajadores públicos en los que interviene el Estado. Así, según un Decreto Supremo del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), los empleados sujetos a ese régimen recibirán S/. 300. - Los trabajadores bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS). Para dicho fin, el Estado dispuso una transferencia de S/. 19 millones 147 mil 800 a entidades estatales. - Las trabajadoras del hogar también deberán gozar con media gratificación. - Los trabajadores de construcción civil, que en su caso la gratificación corresponde a un equivalente de 40 jornales. Si los empleadores no cumplen con hacer el depósito hasta el 16 de julio, la empresa incurriría en una la falta por pago extemporáneo y podría ser objeto de una multa ascendente a 20 UIT o S/. 73 mil.

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