Lo que debes saber sobre la Reforma del Sistema de Pensiones

Actualizado el 21 de Enero 2013
pensiones

Un componente clave dentro de nuestro balance patrimonial personal es nuestro fondo de pensiones. Al respecto, la coyuntura actual me brinda la oportunidad de tocar algunos puntos relacionados con la reciente reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP). Específicamente, me gustaría enfocarme en dos puntos: (i) la modificación del esquema de comisiones; y (ii) el sistema de licitaciones de nuevos afiliados.

Nuevo Esquema de Comisiones

En la industria de la Administración de Inversiones (asset management) se estila cobrar una comisión sobre el total de los activos/patrimonio que se administra (AuM, por sus siglas en inglés). Así por ejemplo, los fondos mutuos locales cobran una comisión fija que se incluye dentro del cálculo del valor cuota. Cuando el servicio es más especializado (administradores de portafolios privados) la comisión usualmente tiene un componente fijo y uno variable. La parte variable se cobra únicamente en caso que el retorno de la inversión haya superado el retorno de un portafolio índice (benchmark) establecido previamente (p.e. el IGBVL sería un benchmark para portafolios que invierten en acciones locales). De esta manera, si el administrador del portafolio hace bien su trabajo, el patrimonio aumenta y cobra un mayor monto.

Productos Personalizados

Productos Recomendados:

AFP

AFP Habitat

Fondo 1 - Rentabilidad 10 años

7.19%

ComisionesSobre Flujo: 1.47%
Sobre Saldo*: 1.25%
AFP Habitat

Fondo 2 - Rentabilidad 10 años

7.69%

ComisionesSobre Flujo: 1.47%
Sobre Saldo*: 1.25%
AFP Habitat

Fondo 3 - Rentabilidad 10 años

8.14%

ComisionesSobre Flujo: 1.47%
Sobre Saldo*: 1.25%

Aplican condiciones según las especificaciones de cada producto

(*) A partir de septiembre de 2023, el componente de flujo de la comisión Mixta es 0%, resultando unicamente en comisión anual sobre saldo.

Desde la creación del SPP el cobro de las comisiones se ha venido realizando sobre la remuneración mensual. Es decir, el cobro de la comisión no tiene relación alguna con el tipo de inversiones que se realizan, ni con el comportamiento de las mismas. Obviamente esto no tiene mucho sentido. Justamente por ello, la reciente reforma del SPP ha introducido la comisión sobre el saldo de nuestros fondos de pensiones (AuM).

Lo que me extraña un poco es que todo el debate actual gira en torno a cuál opción es menos costosa para el afiliado. Hemos visto un desfile de opiniones, desde catedráticos, políticos, tecnócratas, entre otros. Desde mi experiencia yo enfoco este tema con una óptica diferente: No importa si te cuesta más, lo que importa es que el administrador lo haga bien, y que sus incentivos estén alineados con nuestros intereses. Así por ejemplo, la opción anterior (cobrar sobre las remuneraciones) no tiene ningún incentivo para que la AFP brinde un retorno competitivo. En el caso de una comisión sobre los AuM, el incentivo es claro: cuanto más crezca tu fondo, más va a cobrar la AFP. Como dice el dicho “el que quiere celeste, que le cueste”. La idea es que todos ganemos y los posibles conflictos de intereses se minimicen. 

Pero podemos ir un paso adelante: ¿Por qué no reducir la comisión fija e incluir una comisión de éxito que dependa de un benchmark? La pregunta clave aquí es la siguiente: ¿cómo sabes si una <a href="/afp">AFP</a> está haciendo bien las cosas? La única manera es comparándose con un portafolio índice (benchmark). Esta es una práctica común en la industria de administración de portafolios privados. ¿No estaríamos todos dispuestos a pagar más comisión si la <a href="/afp">AFP</a> está obteniendo resultados mejor que el promedio del mercado? Yo personalmente diría que sí. 

Un punto final que comentar es que la administración de inversiones no es uniforme. Hay portafolios menos(más) sofisticados que requieren menor(mayor) complejidad, y que por lo mismo deben tener una comisión menor (mayor). Así por ejemplo, los fondos mutuos locales cobran entre 1.30% y 1.35% por sus fondos en renta fija (bonos) y entre 3% y 5% por sus fondos en renta variable (acciones). Incluso, si vemos las comisiones de las AFP por los aportes voluntarios sin fin previsional, notarán que las comisiones son diferenciadas por tipo de fondo: Entre 1.13% y 1.21% por el fondo 1 y entre 1.94% y 2.3% por el fondo 3. La pregunta sería ¿por qué no incorporar este efecto?

Licitaciones de nuevos afiliados

Este tema es sumamente controversial y me permite lanzarles una pregunta: ¿en qué se sustenta el Estado para decidir unilateralmente que las comisiones son el único atributo importante para optar por una AFP?. Recientes encuestas revelan que los afiliados no le asignan una relevancia alta a las comisiones que cobran las <a href="/afp">AFP</a>. No obstante ello, el nuevo sistema de licitaciones obliga a que los nuevos afiliados ingresen a la AFP con menor comisión por un tiempo determinado (2 años), a salvo que dicha AFP tenga rendimientos por debajo del mercado (concepto que aún no se ha definido cómo se medirá). 

Entonces, si el objetivo es hacer que las comisiones bajen, no considero que deban valerse de los afiliados para lograrlo. Si queremos que esta industria sea competitiva, debemos buscar la diferenciación en sus productos y servicios. Si esa diferenciación significa un mayor costo, pues cada uno tomará la decisión que crea conveniente. 

Al respecto, basta ver la diferenciación de las inversiones de las AFP en sus fondos. Con algunas excepciones, las inversiones de las AFP parecen hechas por el mismo administrador. ¿Por qué no busca la norma marcar una diferencia? ¿Por qué insisten con la rentabilidad mínima? ¿Por qué el BCR hace algunos días sólo elevó el límite operativo de inversiones en el exterior de 30% a 32% si el tope legal es 50%? Al respecto, al parecer el BCRP y la SBS quieren cuidar los intereses de los afiliados por la turbulencia de los mercados internacionales. La pregunta que se me viene a la mente es la siguiente: ¿a quién le pago para que se preocupe por mis inversiones? ¿al BCRP o a mi AFP?. Pues entonces, “zapatero a tus zapatos”. El Estado debe brindar las condiciones para que la competencia se intensifique, para que la calidad se incremente. Esta diferenciación permitiría que podamos escoger verdaderamente aquella AFP que lo hace mejor. 

En el artículo anterior comenté un poco sobre la táctica de inversiones. Eso es exactamente lo que debemos intensificar en las AFP. Hay que permitir que las AFP se diferencien (obviamente dentro de un marco de gestión de riesgos) para que veamos realmente el resultado de sus tácticas. Sólo así lograremos que los retornos que publica mensualmente la SBS no sean tan parecidos y que la competencia se genere a partir del profesionalismo de cada AFP, y no sólo de una reducción de costos.
 

¿Te gustó este contenido?

Suscríbete a nuestro newsletter para que puedas recibir consejos financieros todos los meses.